¿Qué es una Licencia Ambiental?

Es un documento oficial extendido por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, obtenido como consecuencia de la resolución final del procedimiento administrativo que aprueba el instrumento ambiental.

¿Qué negocios necesitan Licencia Ambiental en Guatemala?

En Guatemala, desde el año 1986 existe la LEY DE PROTECCIÓN Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DECRETO 68-86; la cual en su artículo 8 establece que: “Para TODO PROYECTO, OBRA, INDUSTRIA O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD que por sus características pueda producir deterioro a los recursos naturales renovables o no, al ambiente, o introducir modificaciones nocivas o notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional, será necesario previamente a su desarrollo un estudio de evaluación del impacto ambiental, realizado por técnicos en la materia y aprobado por la Comisión del Medio Ambiente”

¿Aún no estás seguro de si necesitas la Licencia Ambiental?

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¿Cómo tramitar la Licencia ambiental en Guatemala?

—Paso 1 : Categorización del proyecto

Buscar en el Listado taxativo la actividad que queremos regular; en el encontramos la “enumeración y clasificación ordenada de proyectos, obras, industrias o actividades, tomando como referencia para su elaboración una estandarización basada en la clasificación industrial internacional uniforme de todas las actividades económicas CIIU y elementos de impacto ambiental potencial o bien riesgo ambiental.”

Las categorías en las que puede estar el proyecto podrían ser: Categoría de Registro en los Listados CR, C, C con Plan de Gestión Ambiental - PGA, B2, B1 y A

De acuerdo con la categoría del proyecto, se deberá de elaborar el INSTRUMENTO AMBIENTAL correspondiente según los términos de referencia TDR, establecidos por el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. Los proyectos nuevos (sin iniciar operación) los instrumentos son de carácter PREVENTIVO y para los proyectos existentes (operando) su carácter será CORRECTIVO a fin de prevenir, mitigar y compensar los impactos ambientales propias de las actividades del proyecto.

—Paso 2 : Elaboración de Intrumento Ambiental

—Paso 3 : Ingreso y asignación de NO. de Expediente

Al completar la documentación Técnica y Legal se realiza la consolidación del Expediente y se presenta al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales para su análisis y aprobación. El periodo de análisis dentro del MARN es variable dentro del rango de 3 a 5 meses.

—Paso 4 : Notificación de Resolución Ambiental

La Resolución Ambiental “Es el acto administrativo por medio del cual se aprueba o no los instrumentos ambientales”. Luego de recibir la Resolución Ambiental el proponente del proyecto debe realizar y gestionar el pago de la licencia ambiental; para las categorías CR y C de acuerdo con la reforma realizada al reglamento, el pago de la licencia es opcional; es decir pueden operar solamente con la resolución ambiental aprobada. Las categorías B2, B1 y A el pago es obligatorio pudiendo pagar de 1 a 5 años de acuerdo con los costos establecidos para cada categoría dentro del MARN.

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